Ante el fiasco en la atención humanitaria a migrantes
La Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, y su Reglamento y otras órdenes y resoluciones aprobadas más recientemente –en 2022-, recogen el sistema de acogida en materia de protección internacional, y establecen la acción concertada aplicable a los programas de atención humanitaria a personas migrantes. Además de definir las formas de acceder a tal sistema de acogida, establecen la planificación de prestaciones, actuaciones y servicios que deben atenderse para “incrementar la eficiencia en el funcionamiento del programa de acogida humanitaria sin excluir la flexibilidad necesaria para adaptarse a un contexto dinámico por naturaleza en el cual, en los últimos años, el número de llegadas de personas migrantes con necesidad de ser atendidas por el programa se ha venido incrementando de forma constante”. Entre dichas actuaciones de atención humanitaria a personas migrantes llegadas de forma irregular y que se encuentren en situación de vulnerabilidad, se citan “servicios y ayudas dirigidos a la atención sociosanitaria de urgencia, acogida, suministro de material para cubrir necesidades básicas, ayudas económicas básicas, traslado y cualquier otro servicio que se considere necesario destinado a estos colectivos de personas migrantes”
Pues bien, hasta septiembre de 2023, la normativa permitía a las entidades que realizaban la labor con las personas migrantes en virtud de esta acción concertada con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (CEAR, CEPAIM, CRUZ ROJA, ACCEM…), tres meses de estancia prorrogables hasta seis meses e incluso, en determinadas circunstancias especiales de orden humanitario, hasta 18 meses. Sin embargo, después de esa fecha, la situación ha cambiado y es más que perjudicial para las personas migrantes que llegan a nuestro territorio después de un trayecto peligroso y durísimo, en el que muchos y muchas encuentran la muerte. Ahora se ha establecido un plazo máximo de estancia de UN MES, sin posibilidad de prórroga. En este tiempo, se deben llevar a cabo todos los procedimientos de atención humanitaria que la legislación sobre protección internacional obliga. Y eso es ignorar cómo funciona la Administración en estos casos. Resulta inverosímil, y lo que provoca es que muchas personas se vean obligados a salir de las viviendas donde residen -vinculadas a las entidades con las que la Administración tiene concertadas las plazas-.
No hay alternativas.
Como se viene a reconocer en la circular remitida a las entidades, el Ministerio tiene conocimiento de que muchas personas no cuentan con redes sociales de protección (familias, amigos…) y se están quedando en situación de sinhogarismo, haciendo recaer en las Administraciones territoriales la labor de seguimiento y cuidado de estas personas. De hecho recomiendan comunicar a los Servicios Sociales comunitarios y a los Ayuntamientos lo que está ocurriendo a fin de que estén atentos a las situaciones que se puedan generar.
Entendemos que nos enfrentamos a una gestión irresponsable y deficiente, con consecuencias irreparables para vidas humanas, por las siguientes razones:
- Por haber sido de aplicación inmediata, sin previo aviso. Una medida restrictiva sin capacidad para que los centros destinatarios de la misma puedan absorber y gestionar sus nefastas consecuencias;
- Por haberse aplicado de golpe, en su totalidad. Una restricción sin que incorpore un proceso de aplicación paulatina que minimice sus negativos resultados;
- Por la falta de previsión para hacer uso de alternativas. Las posibles circunstancias que han podido motivar esta medida, el incremento coyuntural de la entrada de personas migrantes, no es nuevo. En años anteriores, en algún momento ya hubo incrementos puntuales provocados por crisis humanitarias, y no por ello se gestionó de forma tan irracional;
- Por llevar a cabo la comunicación de aplicación de la restricción sin que se mencione la fecha fin de la medida, por lo que mucho nos tememos que se aproveche esta circunstancia para no restaurar la medida a los plazos anteriores.
Lo que todo ello provoca, en el fondo, son perjuicios y, de nuevo, un trato indigno a personas migrantes que sólo quieren un futuro mejor para ellas y sus familias, que en muchos casos huyen de las situaciones de conflicto, guerra, hambrunas… de sus países y lo que encuentran es un sentimiento de exclusión sin acogida en nuestro país.
Por todo ello, desde el Partido Por Un Mundo Más Justo, exigimos:
- Aplicación de la normativa sobre Atención Humanitaria a la luz de la aplicación de los Derechos Humanos;
- Trato digno para las personas migrantes con independencia de su lugar de origen, raza, religión… sin que se puedan establecer migrantes de primera o segunda. Ello implica que las plazas de emergencia sean lugares dignos, no espacios de hacinamiento;
- Coordinación entre las Administraciones estatal, autonómica y municipal, a fin de llevar a cabo un tratamiento auténticamente integral de las situaciones de atención humanitaria que aporte soluciones de habitabilidad e integración;
- Transparencia en el trabajo del Ministerio de Migraciones y las entidades con concierto en la atención humanitaria.
Somos conscientes de que atravesamos momentos complejos a muchos niveles en nuestra sociedad, pero estamos convencidos de que, con voluntad política y con espíritu de fraternidad, todos ellos pueden ir encontrando una solución justa y humana. En este ámbito de la acogida de personas migrantes también.
Partido Por Un Mundo Más Justo y, de modo particular, M+J Sevilla y el Equipo de Trabajo de Migraciones.